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SALUD

Contraloría dejó en firme fallo fiscal por mas de 4 mil millones por irregularidad en otro contrato de Juegos Nacionales de Ibagué

Los dineros no fueron amortizados en su totalidad, como lo estipulaba el contrato, y tampoco restituidos al contratante (el Instituto Municipal del Deporte y la Recreación de Ibagué -IMDRI).

La Contraloría General de la República dejó en firme un fallo con responsabilidad fiscal por la suma indexada de 4.388 millones
de pesos, en contra del Consorcio Escenarios Unidad Deportiva 2015 y sus integrantes (Ortiz Construcciones y Proyectos S.A. -Sucursal Colombia y Diseño e Ingeniería Especializada SAS) por la no amortización completa del anticipo pagado en su favor en el marco del contrato de obra No. 074 de 2015 de los Juegos Deportivos Nacionales de ese año, que suscribió con el Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué – IMDRI.

El fallo confirmado en segunda instancia por parte de la Contraloría Delegada Intersectorial No. 7, fue proferido en su momento por la Dirección de Investigaciones No. 1.

Uno de los objetos del contrato 074 de 2015 era la construcción del edificio de artes marciales. No obstante, esta obra no finalizó su ejecución y el contrato fue liquidado de manera unilateral por el IMDRI, mediante Resolución 183 del 3 de octubre de 2017, en la cual se constató que en relación a este edificio existía un anticipo sin amortizar correspondiente a $3.823 millones

La cifra mencionada no fue desvirtuada, así como tampoco restituida a favor del contratante, razón por la cual la Contraloría constituyó el daño patrimonial en esa cuantía, la cual fue debidamente indexada.

La responsabilidad solidaria se estableció exclusivamente en contra del contratista, por ser el único obligado por la ley y el contrato a amortizar el anticipo. Se verificó que hubo certeza en su conducta y relación directa con el daño.

Adicionalmente, los miembros del consorcio fueron involucrados de manera solidaria, de conformidad no solo con las disposiciones en materia de responsabilidad fiscal sobre el tema (Ley 1474 de 2011), sino también de contratación estatal en lo que respecta a sujetos consorciados (Ley 80 de 1993)

Redacción: