Fiscalía llama a imputación de cargos a 33 personas entre funcionarios y exfuncionarios de la ANI dentro del caso Odebrecht por presuntas irregularidades en 6 otrosíes de Ruta del Sol II

Entre los afectados se encuentra el exdirector de la ANI, Luis Fernando Andrade Moreno, quien será vinculado por ser presunto coautor de delito de interés indebido en la celebración de contratos.  

La Fiscalía General de la Nación, a través del Grupo de Tareas Especiales para el caso ´Odebrecht´, no cesa en su empeño de esclarecer todo el entramado de corrupción que promovió la constructora brasileña en torno a contratos que generaron una serie de irregularidades, sobornos a funcionarios y beneficios económicos para esa empresa. 

Es en ese sentido, dentro de la primera línea de investigación que se refiere a las supuestas irregularidades en la contratación pública celebrada por Odebrecht en Colombia durante los años 2009 a 2016, específicamente en lo relacionado con el contrato de concesión de la Ruta del Sol II, fueron llamados a imputación 33 personas, entre funcionarios y exfuncionarios de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).  

La Fiscalía recaudó el suficiente material probatorio y evidencia física que demostraría que, al parecer, esas personas intervinieron en la suscripción de seis otrosíes de la concesión Ruta del Sol II SAS que habría favorecido al contratista.  

Llamados a imputación 

Los 33 presuntos implicados fueron llamados a imputación de cargos por el delito de interés indebido en la celebración de contratos. Cada uno será imputado de acuerdo con su presunta responsabilidad en los actos irregulares de cada otrosí. 

Los investigados ocupaban en la ANI, entre otros cargos, la presidencia, distintas vicepresidencias, gerencias, comités, y tenían roles de asesor y contratistas. 

A continuación, se relacionan las personas que fueron llamadas a imputación, con los cargos que desempeñaban para el momento de los hechos: 

  1. Luis Fernando Andrade Moreno, presidente de la ANI. 
  2. Harbey Carrascal Quintero, asesor jurídico de la Gerencia de Gestión Contractual (contratista).
  3. Marcelo Enrique Cano del Castillo, ingeniero de apoyo técnico a la Supervisión (contratista).
  4. Alexandra Lozano Vergara, gerente de Gestión Contractual.  
  5. José Andrés Torres Rodríguez, gerente de Proyectos Carretero 1.   
  6. Beatriz Eugenia Morales Vélez, vicepresidente de Estructuración. 
  7. Héctor Jaime Pinilla Ortiz, vicepresidente Jurídico. 
  8. María Clara Garrido Garrido, vicepresidente Administrativa y Financiera.  
  9. Camilo Mendoza Rozo, vicepresidencia de Gestión Contractual y vicepresidente de Planeación, Riesgos y Entorno.  
  10. Adriana del Pilar Saboyá López, asesora vicepresidencia de Gestión Contractual (contratista). 
  11. Mónica Rocio Adarme Manosalva, asesora grado 8. 
  12. Nohora Patricia Acero Pérez, asesora jurídica de Presidencia (contratista).  
  13. Daniel Francisco Tenjo Suárez, gerente de Proyectos Carreteros.  
  14. Yasmina del Carmen Corrales Paternina, ingeniera de apoyo a la supervisión – experto G3 7 (contratista). 
  15. Andrés Figueredo Serpa, vicepresidente de Planeación, Riesgos y Entorno – vicepresidente de Gestión Contractual. 
  16. David Leonardo Montaño García, experto GGC2. 
  17. Francisco Javier Forero Lozano, asesor financiero.  
  18. Emerson Leonardo Durán Vargas, gerente Financiero VGC. 
  19. Jorge Huertas Luna, asesor de riesgos. 
  20. Mauricio Orlando Castro Castaño, gerente de Riesgos.  
  21. Iván Mauricio Fierro Sánchez, vicepresidente de Estructuración (e). 
  22. Luis Fernando Castaño Suárez, gestor T1-13. 
  23. Juan Carlos Hernández Cerón, experto 3 – Grado 07. 
  24. María Carolina Ardila Garzón, gerente de Proyecto de Riesgos.  
  25. Édgar Chacón Hartmann, gerente de Proyectos – Gestión Contractual 2. 
  26. Jaifer Blanco Ortega, gerente de Proyectos- delegado del presidente para comité de Asuntos Contractuales.  
  27. Camilo Andrés Jaramillo Berrocal, vicepresidente de Estructuración. 
  28. Sor Priscila Sánchez Sanabria, gerente de Proyectos – gestión Contractual 2.  
  29. Beatriz Eugenia Lopera González, asesora Financiera (contratista). 
  30. Poldy Paola Osorio Álvarez, gerente de Proyectos – Riesgo. 
  31. Jenifer Bustamante Moreno, asesora de Riesgos (contratista). 
  32. Diana Ximena Corredor Reyes, gerente de Proyectos – Financiero.  
  33. Fernando Iregui Mejía, vicepresidente Jurídico.    

Los llamados a formulación de cargos tendrían participación en las distintas etapas del estudio de conveniencia, estructuración, presentación, aprobación en comités y firma de los otrosíes objeto de investigación.  

Los otrosíes presentan estudios técnicos, jurídicos y financieros no serios e incompletos.   Los documentos objeto de la investigación son: 

  • Otrosí No. 1 del 11 de marzo de 2013:  irregularidades en el estudio de conveniencia y oportunidad que desconocieron los principios de planeación, economía, responsabilidad, imparcialidad y legalidad que rigen la contratación estatal.  Los investigadores evidenciaron, por ejemplo, que se le otorgó una ventaja al concesionario al bajar los parámetros de calidad en los pavimentos lo cual permitió reducir los costos de construcción que ya estaban definidos. Y se realizó pago proporcional anticipado sin haberse culminado la obra, generando un impacto negativo por valor de $2.227´684.344.
  • Otrosí No. 2 del 5 de abril de 2013: por el cual se autoriza ampliación de plazos de inicio de operaciones doble calzada y ajustes de programación de obras. Es evidente que en algunos tramos de la obra se presentó retraso en el inicio de la construcción por cinco eventos considerados como de no responsabilidad del contratista, cuando en realidad si lo fueron. Por ejemplo, se verificó que el contratista durante cinco meses no realizó trámite alguno para la licencia ambiental lo que fue considerado, al parecer, por los funcionarios llamados a imputación como un tema de fuerza mayor. En este punto, consecuencia de lo anterior, dio lugar a que el concesionario solicitara reconocimientos económicos infundados en perjuicio del Estado y se dejaron de cobrar multas por retrasos de obras por un valor de hasta $35.883´004.450.  
  • Otrosí No. 4 del 28 de octubre de 2013: por el cual se autoriza la ampliación de plazos en el inicio de operación de la doble calzada en los tramos 2, 3, 4 y 7 del proyecto y el ajuste de reprogramación de obras. En este punto se habría permitido que el contratista ajustara el cronograma de obra a su conveniencia. También dio lugar a reclamaciones económicas posteriores a favor del concesionario y se dejaron de cobrar multas por retrasos de obras por un valor de hasta $35.883´004.450. 
  • Otrosí No. 5 del 19 de diciembre de 2013: por el cual se adiciona al contrato de concesión la elaboración de los estudios y diseños fase III de la intercepción a desnivel para el acceso a Puerto Boyacá. Para el cumplimiento de este objeto contractual se asignaron $837.871.486. Esta obra no estaba contemplada en el proyecto inicial y los estudios de conveniencia y oportunidad no estaban ajustados a los requerimientos de ley.  
  • Otrosí No. 8 del 23 de diciembre de 2014: por el cual se autoriza el ingreso de recursos a la subcuenta de estudios. El presupuesto girado para la construcción de la obra fue de $10.330.791.573 y tenía como destinación inicial la ejecución de las obras relacionadas con la intersección del desnivel para el acceso al municipio de Puerto Boyacá (Boyacá).  

En los estudios de conveniencia y oportunidad en los comités y en los otrosíes 5 y 8 no se contó con el concepto previo del Consejo Nacional Política Económica y Social (Conpes) y no se realizaron los trámites previos ante el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) para la autorización de nuevas vigencias futuras o su reprogramación.  

  • Otrosí No. 10 del 3 de noviembre de 2016: que tiene modificaciones al alcance de las obligaciones del concesionario. Las personas llamadas a imputación presuntamente con su proceder eliminaron la construcción de la segunda calzada y la rehabilitación del tramo 1 entre Puerto Salgar y Caño Alegre. Al tiempo presuntamente se desconoció el estado de la obra ejecutada y se habría autorizado un descuento de $19.976.971.349 por las obras no ejecutadas, pero en realidad el valor a descontar era de $65.395.611.623, lo cual obró en beneficio del concesionario y en perjuicio de los intereses del Estado, por un valor indexado a mayo de 2023 de $86´789.846.127. 

Las audiencias de imputación fueron radicadas en el Complejo Judicial de Paloquemao y su realización está sujeta a la designación de hora, fecha y juzgado, que haga la Judicatura por reparto.  

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