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SALUD

Trato preferencial para adultos mayores de Ibagué, pide la procuraduría a funcionarios de la Alcaldía

El ente de control requirió al alcalde y al secretario de Desarrollo Social Comunitario implementar con carácter urgente, medidas correctivas para atender el proceso de inscripción de los beneficiarios del Programa “Colombia Mayor”.

En ejercicio de su función preventiva, la Procuraduría General de la Nación requirió al primer mandatario de Ibagué, Tolima, Andrés Fabián Hurtado Barrera, implementar con carácter urgente las medidas correctivas para que en el proceso de inscripción de los beneficiarios del Programa de Protección Social al Adulto Mayor “Colombia Mayor” se dé un trato más acorde a este grupo poblacional.

La petición escrita al alcalde, y también al secretario de Desarrollo Social Comunitario, Óscar Alberto Huertas Moreno, fue realizada luego de una visita en sitio del ente de control, en la cual advirtió largas filas de personas de la tercera edad en las afueras de las instalaciones de la alcaldía.

Los adultos mayores refirieron estar allí desde las 4:00 de la mañana en ayunas y sin recibir hidratación, y además señalaron que las instalaciones de la administración municipal cuentan con poca disponibilidad de sillas y de funcionarios para atenderlos.

En la comunicación, la Entidad hizo un llamado a “obrar con especial diligencia cuando se trate de este tipo de personas, pues, en atención a sus condiciones de debilidad manifiesta, resulta imperativo aplicar criterios eminentemente protectivos” a su favor, tales como agilidad, facilidad y eficiencia.

La Procuraduría Provincial de Instrucción de Ibagué recordó a los destinatarios de la misiva que según los lineamientos impartidos por la Corte Constitucional “(…) resulta imprescindible que el Estado, en este caso representado por la Administración Municipal de Ibagué, disponga un trato preferencial para las personas mayores con el fin de propender por la igualdad efectiva en el goce de sus derechos”.

Esta actuación del Ministerio Público busca evitar la ocurrencia de situaciones que puedan afectar los derechos, mediante la detección y advertencia temprana de riesgos en la gestión pública y la promoción del respeto de las garantías constitucionales, en este caso particular, de sujetos de especial protección constitucional como son los adultos mayores.

Redacción: