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Nuevos propietarios de vivienda en Ibagué gozarán del beneficio del 60% de descuento en Impuesto Predial

  • Redacción
  • 16/02/202616/02/2026

Se trata de Predial Social, programa que entrega beneficios hasta por seis años a familias de estratos 1 y 2 que hayan comprado su primera vivienda a partir de agosto de 2025.

Hasta el 31 de marzo de 2026, los compradores de viviendas de interés social (VIS) y viviendas de interés prioritario (VIP) en Ibagué, podrán solicitar ante la Alcaldía exenciones en el cobro del impuesto Predial hasta del 60%.

“Durante el primer año es del 60% y sucesivamente se va disminuyendo, en el quinto, en el cuarto, hasta terminar en el año sexto, pagando el 90% del impuesto y recibiendo un estímulo del 10% en ese último año”, explicó Ángel María Gómez, Secretario de Hacienda de Ibagué.

A continuación, le explicamos en detalle todo lo que necesita saber sobre Predial Social, una novedosa iniciativa del gobierno de la alcaldesa Johana Aranda que tiene como propósito aliviar el bolsillo de las familias ibaguereñas que acaban de adquirir su primera vivienda.

1.⁠ ⁠¿Qué es Predial Social?
Una iniciativa impulsada por el gobierno de la alcaldesa Johana Aranda que entregará descuentos en el pago del impuesto Predial Unificado a compradores de viviendas de interés Social (VIS) y Prioritario (VIPA) en Ibagué.

2.⁠ ⁠¿Cuál es el valor de los descuentos y en qué años se otorgarán?
Año Porcentaje del descuento
2026 60%
2027 50%
2028 40%
2029 30%
2030 20%
2031 10%*
*A partir de 2032, el beneficiario comenzará a pagar el 100% del impuesto

3.⁠ ⁠¿Quiénes pueden acceder a estos descuentos?
Ciudadanos que hayan comprado su primera vivienda VIS o VIPA después de aprobado el Acuerdo 023 por el Concejo Municipal (17 de agosto de 2025). No deben tener ingresos superiores a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

4.⁠ ⁠¿Qué requisitos deben cumplir los interesados?
Presentar una solicitud escrita dirigida a la Dirección de Rentas Municipal, dentro de los primeros tres meses de cada año, acreditando los siguientes requisitos:
•⁠ ⁠Certificado de Tradición y libertad del predio objeto del beneficio con una vigencia no superior a 30 días.
•⁠ ⁠Declaración juramentada, donde conste ingresos no superiores a dos salarios mínimos mensuales legales y que el predio adquirido es considerado como primera vivienda.
•⁠ ⁠Certificado expedido por la constructora donde se relacione el predio objeto de beneficio como vivienda VIS o VIPA.

5.⁠ ⁠¿Puedo obtener el descuento así haya obtenido mi vivienda a través de un crédito hipotecario con entidad bancaria?
Sí, esta garantía ante la entidad bancaria no es impedimento para acceder al beneficio.

6.⁠ ⁠Tenga en cuenta…
•⁠ ⁠La Alcaldía podrá revocar el beneficio si se encuentra que ha sido obtenido mediante maniobras fraudulentas.
•⁠ ⁠En caso de enajenación del predio beneficiado, el propietario quedará obligado a pagar el impuesto Predial.

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