NACIONAL

Presidente Abelardo declara Situación de Desastre de Carácter Nacional

La declaratoria cobija a por lo menos una docena de departamentos afectados por el terremoto del lunes 10 de agosto y se extiende en principio por 12 meses

El gobierno del Presidente Abelardo De La Espriella, sigue adoptando medidas excepcionales con motivo de la tragedia sucedida en el país, por el terremoto de intensidad 7,4 que el lunes 10 de agosto, a las 7 y 30 de la mañana produjo daños, muertes y desapariciónes en la mayor parte del país.

En ese sentido, se acaba de expedir el Decreto 1171, por medio del cual el gobierno colombiano declara en el país «Situación de Desastre de Carácter Nacional».

El Artículo 1 del Decreto textualmente señala: «Declarar la situación de desastre nacional para los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander y demás afectados por el término de doce (12) meses, prorrogables hasta por un periodo igual, previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo«.

La medida indica que: Como consecuencia de la declaratoria de Desastre Nacional y conforme lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1523 de 2012, se aplicará el régimen contemplado en el Capítulo VII de la Ley 1523 de 2012 Y demás normas concordantes, y en el Artículo 3 anuncia: «Plan de Acción Específico para la Recuperación. Conforme lo determina el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres procederá a realizar la coordinación de acciones en fase de respuesta y con base en la evaluación de daños y análisis de necesidades por sector y nivel territorial, elaborará con las entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres el Plan de Acción Específico para la recuperación de la situación de desastre declarado en el artículo primero«.

El decreto especifica que para determinar los ciudadanos cobijados por la medida, «se entenderán como personas damnificadas por el desastre, aquellas que se encuentren en el Registro Único de Damnificados (RUD) elaborado por los entes territoriales y consolidado por la UNGRD«.

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